Tegucigalpa.- El Secretario Coordinador de Gobierno, Jorge Ramón Hernández Alcerro, advirtió hoy a los empleados y funcionarios de la administración pública abstenerse de utilizar indebidamente los recursos y bienes del Estado, en cumplimiento de la legislación establecida, pues corren el riesgo de ser objeto de las sanciones que contemplan las mismas, aseguró el funcionario.
En ese sentido, la instrucción en referencia, fue girada mediante una Circular Oficial dirigida a:
- Secretarios coordinadores de gabinetes sectoriales.
- Secretarios y subsecretarios de Estado.
- Presidentes.
- Vicepresidentes.
- Gerentes.
- Subgerentes.
- Directores y subdirectores de instituciones descentralizadas y desconcentradas del Poder Ejecutivo.
Asimismo, la Circular hace un llamado a empleados y funcionarios de Gobierno. Para que actúen con lealtad a los intereses de Honduras sobre cualquier otro, ya sea:
Político-partidario, religioso, gremial o de otra naturaleza. Absteniéndose de acciones que disminuyan la confianza pública en el desempeño de sus funciones.
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Vehículos
La comunicación acentúa que:
“Todos los servidores públicos, sin excepción, tienen prohibido el uso de vehículos propiedad del Estado o donados al Estado. Esto, independientemente de la matrícula de los mismos, en días y horas inhábiles para labores ajenas a la función que desempeñan”.
Es totalmente prohibido utilizar vehículos propiedad del Estado o donados al Estado. Independientemente de la matrícula de los mismos, en labores de proselitismo político, recalcó Alcerro.

Prohibiciones
Además, se recalcó que queda absolutamente prohibido destinar cualquier recurso público o bienes del estado, para la promoción política a un cargo de elección popular de cualquier servidor público.
Esto anterior, independientemente de su rango o la promoción de terceras personas que aspiren a un cargo de elección popular. Aunque no sean servidores públicos, enfatiza la Circular.
En ese sentido, el Coordinador General de Gobierno previene a los funcionarios y empleados que ningún servidor público en el ejercicio de sus funciones, utilizará:
Su cargo, información, recursos humanos, materiales o financieros, asignados o procedentes de su función. Para la realización de actividades personales, políticas, religiosas o gremiales.
Asimismo, queda prohibida toda actividad ajena a la función pública en los lugares de trabajo.
Bienes del Estado para fines políticos
La disposición contempla además que en ningún caso se pueden utilizar las:
Instalaciones, el personal o los recursos materiales y financieros de las oficinas o dependencias públicas. Para fines de proselitismo político, religioso o gremial.
Días laborables
También, según las prohibiciones, los servidores públicos no pueden realizar:
Actividades políticas en días y horas laborales.
Asimismo, quienes la realicen fuera de su ámbito de trabajo y en horas inhábiles no deberán disminuir la confianza pública en el desempeño de sus funciones y obligaciones oficiales, manda la Circular Oficial, girada por el Secretario Coordinador de Gobierno.