CN aprueba medidas para proteger el Parque Nacional Santa Bárbara

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Parque Nacional Montaña de Santa Bárbara
El Parque Nacional Montaña de Santa Bárbara es uno de los principales alimentos de agua para el Lago de Yojoa.

REDACCIÓN. El Congreso Nacional (CN) aprobó el pasado jueves 27 de agosto una serie de medidas para la protección y conservación del Parque Nacional Montaña de Santa Bárbara (PANAMOSAB) y todas sus zonas protegidas.

Cabe destacar que en la actualidad, el Parque Nacional Montaña de Santa Bárbara no cuenta con un plan de manejo, protección y conservación. Esto ha permitido que en los últimos años sea objeto de altos niveles de destrucción por causa de los descombros e incendios. Asimismo, también se ve afectado por la deforestación y la cacería irracional.

Debido a lo mencionado anteriormente, la destrucción forestal alcanzó amplias porciones de su área extensión. Por otro lado, el PANAMOSAB se encuentra ubicado en el departamento que posee el mismo nombre. Exactamente, al noroeste del Lago de Yojoa, y a 13 kilómetros al este de la ciudad de Santa Bárbara.

Este parque es el segundo pico más alto de Honduras, después de la montaña de Celaque, con una altura de 2744 metros sobre el nivel del mar. Además, es el cerro de piedra caliza más grande de toda Centroamérica.

Cabe resaltar que también es la principal fuente de agua que alimenta al Lago de Yojoa. Asimismo, se caracteriza porque la mayor parte del año pasa nublado, convirtiéndose en una de las zonas más húmedas del país.

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A continuación, un resumen de las iniciativas aprobadas:

La prohibición de permisos de corte de madera de cualquier tipo o cantidad. También, cualquier tipo de aprovechamiento forestal, comercial o no, en la zona núcleo, zona de amortiguamiento o en cualquier área de la Montaña Santa Bárbara, que estén a más de mil doscientos metros de altura sobre el nivel del mar. Lo anterior, sin importar si la madera fue cultivada o no por el dueño del predio donde se encuentre ubicada.

Además, entre las iniciativas se encuentra la prohibición de tala, descombro, rotura, quema, extracción de arena, piedra u otras actividades mineras. También, la cacería, pesca de cualquier índole, pastoreo y tránsito de ganado, ubicación de antenas, infraestructura de telecomunicaciones e infraestructura que cause radioactividad, asentamientos humanos, edificaciones permanentes o temporales. Asimismo, se prohíbe la construcción de calles o carreteras nuevas de acceso a la montaña de Santa Bárbara.

Igualmente, se prohíbe el cultivo de café y la realización de cualquier actividad agrícola en general. Asimismo, no se permitirá la utilización de agroquímicos altamente tóxicos en las zonas que se encuentran ubicadas a una altura superior a mil doscientos metros sobre el nivel del mar.

Con la aprobación de este decreto, se contribuirá con la protección y conservación de la biodiversidad de la Montaña de Santa Bárbara, como uno de los 31 bosques nublados de Honduras. Con ello, se beneficiará a los pobladores de alrededor de 50 comunidades que dependen de esta montaña, para el abastecimiento de agua potable. Entre ellas las ciudades de El Mochito y Santa Bárbara.


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