CORTÉS, HONDURAS. Este martes, desde las 6:00 de la mañana, las autoridades policiales se reunieron para comenzar con el despliegue y cumplir con el Plan Integral de Tratamiento a la Extorsión y Delitos Conexos.
Los agentes se apersonaron específicamente a un campo de fútbol de la colonia Felipe Zelaya y comenzaron con una jornada de oración para así contar con el apoyo de Dios.
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Posteriormente, los policías recibieron órdenes y palabras de sus superiores, para luego proceder con el despliegue a los 73 barrios y colonias ya fijados para hacerle frente al delito de extorsión.
En la ciudad de San Pedro Sula los elementos de la Policía Nacional (PN) ya comienzan con las saturaciones en algunos barrios que reportan un incremento de la violencia, crímenes y el cobro del llamado «impuesto de guerra».
¿Qué significa el estado de excepción?
El estado de excepción parcial publicado ayer, lunes, en La Gaceta, que entra en vigencia este martes, implica que los ciudadanos que viven en todas las colonias incluidas tendrán una serie de restricciones.
La determinación es efectiva para Tegucigalpa y San Pedro Sula, con la finalidad de disminuir la criminalidad que azota al país.
La medida entrará en vigor a partir de las 6 de la tarde y finalizaría a las 6 de la mañana del siguiente día.
Se implementarán operativos en las zonas que sean seleccionadas. Asimismo, con el estado de excepción se suspendería de manera temporal ciertas garantías de la ciudadanía.
¿Cuáles son las garantías suspendidas?
Las garantías constitucionales suspendidas por el Gobierno en colonias con estado de excepción son:
1- La libertad personal: Significa que cualquier persona en esas colonias puede ser detenida, aún sin orden escrita de autoridad competente.
2- Libertad de asociación y reunión: Significa que en esas colonias nadie puede congregarse en grupos para ningún propósito ni realizar reuniones de ningún tipo.
3- Libertad de circulación: Significa que, en los horarios establecidos, ninguna persona puede circular por las colonias. Todos deben permanecer dentro de sus casas.
4- Inviolabilidad del domicilio: Significa que la autoridad puede ingresar a las viviendas y registrarlas, aun cuando sus propietarios no den permiso.