TEGUCIGALPA-HONDURAS. Según el presidente del Sindicato del Hospital San Felipe (SITRASANFE), Elvin Canales, la reforma al artículo 145 de la Ley interna de la Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS), limita a los institutos de previsión en la emisión de préstamos para sus afiliados.
Lo anterior, porque considera que la enmienda realizada obliga a dichas instituciones a prestar conforme a la recuperación de fondos. Aún cuando estas instituciones tengan capacidad de otorgar mayores beneficios prestatarios a sus abonados.
A criterio de Canales, eso evita que esas instituciones de previsión puedan expandir su cartera de clientes. Lo cual deja entre dicho la supuesta solvencia de esos institutos.
“Lo que estaba buscando la junta de nuestro instituto es buscar desestabilizar financieramente, y hacer un contexto de que la institución cae en un profundo abismo. Eso para hacer ver que habrá manera de salir”, contextualizó Canales.
Es preciso indicar que este año, el INJUPEMP destinó 2,700 millones de lempiras para préstamos. De eso, ha colocado 2,400 millones en beneficios prestatarios.
Por su parte, el IMPREMA presupuestó más de 3,000 millones. Sin embargo, tendrán que someterse a lo que manda la ley para evitar sanciones. Aunque ya analizaban un aumento de presupuesto para el 2019, por lo que se tendrán que mantener en el límite.
El gerente de Planificación de IMPREMA, Dennis Corrales, manifestó que buscarán mecanismos alternos. Lo anterior, para que faciliten operaciones de acceso a crédito a los docentes.
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Restricciones son el camino a la privatización, según sindicalistas
De acuerdo a los sindicalistas, dichas restricciones son el camino a la privatización de los institutos. Así como también, califican que eso es un atentado a los fondos de sus aportantes.
“La directora de INJEMPEP se contradice cuando manifiesta que la institución estaba solvente totalmente. Hoy vemos que después de trastocar la ley quieren llevar a la quiebra a todos los regímenes. Y así meterlos realmente a la banca privada”, señaló el sindicalista de SITRASANFE.
Cabe señalar que la limitación incluye al INJUPEMP, al IMPREMA, IPM, IMPREUNAH y Seguro Social. Eso, solo en caso de que se le otorgue realizar préstamos.
En cuanto al tema, la CNBS extendió una circular a los institutos de previsión para recordarles que restringe el otorgamiento de préstamos personales y de otro tipo de préstamos a los afiliados.
La circulación establece que los institutos de previsión deberán obtener una concesión neta de préstamos igual o menor a cero. Es decir, que el otorgamiento de préstamos deberá ser menor. O igual al monto de la recuperación de los mismos.
CNBS hará que se cumpla la ley
De ese modo, el superintendente de la CNBS, Rigoberto Osorio Sánchez, explicó que la comisión tiene vigente un reglamento. Lo anterior, como otorgamiento de créditos que esta como un producto.
“Las leyes de los institutos establecen que están facultados a otorgar préstamos. Sin embargo, también hay una ley que de manera particular aprobada por el CN que son las disposiciones generales del presupuesto. En el artículo 145 de esas disposiciones quedó establecido que los institutos deben dar concesión neta de préstamos. Eso significa que solo pueden otorgar préstamos de lo que recuperan mes a mes. O sea que si un instituto recupera 200 millones en un mes, es lo que podrá dar en préstamos”, expuso Sánchez.
A efecto de eso, sostuvo que lo único que hará la CNBS será hacer cumplir la Ley General del Presupuesto.