TEGUCIGALPA, HONDURAS. En las últimas horas trascendió el posible dictamen de la Comisión del Congreso Nacional encargada de definir el proceso de selección para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
En este sentido, una de las principales reformas que supuestamente presenta la decisión es la autonominación a la que podrán optar los profesionales del derecho del país.
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Según el documento que se compartió en un medio de comunicación hondureño, el dictamen para las propuestas de los diputados Fátima Mena y Rasel Tomé fue favorable.
De acuerdo a lo establecido, los miembros de la Junta Nominadora no podrán presentar un listado de postulantes al Poder Legislativo sino que se hará una autopostulación de los profesionales del derecho del país.
Asimismo, se estableció que el proceso de selección deberá regirse bajo los principios de sujeción a la legalidad, igualdad, no discriminación, equidad de género, publicidad, transparencia y rendición de cuentas.
Además, el dictamen de la comisión establece que cada organización deberá de presentar un representante propietario y una suplente, de acuerdo lo establecido con la ley.
También, el documento indica que por lo menos uno de los presentantes de las organizaciones y asociaciones que participan debe ser mujer.
Postulación y selección
Según el dictamen que trascendió en los medios de comunicación, la convocatoria general se debe realizar la primera quincena del mes de octubre del año en curso.
De igual manera, las instituciones y organizaciones que integran la Junta Nominadora no podrán presentar postulantes.
En este sentido, la Junta Nominadora deberá presentar lista de los 45 candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia el 25 de enero del 2023.
Prohibiciones
Entre las prohibiciones para los juristas que deseen postularse se encuentra el ser parte de un litigio activo, estar siendo investigado por violaciones a los derechos humanos, corrupción, lavado de activos y narcotráfico.
De igual manera, incluyendo a los letrados que haya representado de manera legal o procesal a personas imputadas. Asimismo, que sean miembros de partidos políticos o se encuentran en cargos públicos de elección directa.
Además, se le prohíbe la postulación a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con la presidenta de la República, diputados del Congreso Nacional, alto funcionarios de la administración pública y personal de Poder Judicial.
También, las personas que ya hayan sido representantes propietarios y suplentes de antiguas Juntas Nominadoras, a excepción del Comisionado de los Derechos Humanos.
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