TEGUCIGALPA, HONDURAS. Las autoridades del país informaron sobre las nuevas medidas que se implementarán para evitar la propagación del Covid-19.
Por medio de una cadena de radio y televisión el vocero oficial del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), Francis Rafael Contreras, señaló que ante los tres nuevos casos sospechosos del nuevo coronavirus (Covid-19), los análisis se encuentran en proceso de análisis en el Departamento de Virología.
Asimismo, informaron que el Consejo nacional de Defensa y Seguridad se aprobó por medio del PCM-21-2020 la restricción de algunas medidas constitucionales ante los casos de Covid-19.
De esa forma, quedan restringidas a nivel nacional por un plazo de siete días las garantías de los artículos 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103 de la Constitución de la República. De no cumplir lo establecido se remitirá el caso a las oficinas del Congreso Nacional (CN).
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Prohibiciones específicas detallas en el comunicado ante precaución por Covid-19:
- Se suspenden labores en el sector público y privado durante el tiempo de excepción.
- Prohibidos los eventos de todo tipo.
- Suspendido el uso de transporte público.
- Suspensión de celebraciones religiosas presenciales.
- Prohibido el funcionamiento de negocios, entre estos, centros comerciales.
- Cerrar todas las fronteras terrestres, marítimas y aéreas del país.
La restricción de las garantías mencionadas por amenaza de Covid-19, en el artículo 01 del presente artículo ejecutivo tiene las siguientes excepciones:
- Derecho de libre circulación de personas. Las personas solo podrán circular por la vía de uso público para: adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Servicios y estacionamientos sanitarios.
- Emplazamiento a lugar de trabajo, profesional o empresarial autorizadas en el decreto.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Personas de la Salud que asiste o cuide a personas de tercera edad, niños o personas dependientes o con discapacidad.
- Desplazamiento a entidades financiaras, cooperativas y de seguridad.
- permitida la circulación de vehículos particulares por la vía de uso público para realizar las opciones antes nombradas.