Tegucigalpa.- El ministro de Seguridad Julián Pacheco Tinoco, además de haber sido involucrado esta semana con “Los Cachiros”, el año anterior también se le había vinculado con los sobrinos de la primera dama venezolana Cilia Flores.
Conocidos como los «narcosobrinos», fueron condenados por “conspiración para importar cocaína dentro de los Estados Unidos, manufacturarla y distribuirla”.
En ese sentido, tres días antes que se condenara a Efraín Antonio Campo Flores y Francisco Flores de Freitas, (ambos sobrinos de la primera dama venezolana), sus abogados hicieron una petición al juez Paul Crotty.
La solicitud consistía que “impidiera que el gobierno sometiera a consideración del jurado una información dada a conocer por la DEA.
En este documento, se planteaba la relación del informante de la DEA, José Santos Peña (CS-1) con el ministro de la Defensa de Honduras, Julián Pacheco Tinoco.
De tal manera, en una carta con fecha del 16 de noviembre del 2016, la defensa de Campo Flores y Flores de Freitas, acusaba a la fiscalía de:
Haber admitido esa información con “el único propósito de argumentar que los acusados tenían conexión con los narcotraficantes del gobierno hondureño” y de esta manera, dañar aun más a los famosos «narcosobrinos» del presidente de Venezuela, Nicolas Maduro.
Pacheco: “Es completamente falso todo lo que ha dicho sobre mi persona»
En el interrogatorio del informante Santos Peña, frente al jurado, el informante CS-1 testificó lo siguiente:
Fiscalía: ¿En su trabajo como informante de la DEA se reunió alguna vez con alguien llamado Julián Pacheco Tinoco?
CS1: Sí, señor.
Fiscalía: ¿En qué país conoció al señor Pacheco Tinoco?
CS1: En Honduras.
Fiscalía: ¿Y sabía usted si tenía una posición en el gobierno hondureño?
CS1: Sí, señor.
Fiscalía: ¿Cuál era esa posición?
CS1: Ministro de Defensa de Honduras.
Fiscalía: ¿Cómo lo conoció?
Objeción del abogado Randall Jackson.
Juez Paul Crotty: Denegada.
Fiscalía: ¿Cómo lo conoció?
CS1: Lo conocí a través del hijo del expresidente de Honduras, Fabio Lobo.
Fiscalía: ¿Estaba usted reuniéndose con el Sr. Lobo como parte de su trabajo como informante de la DEA?
CS1: Sí, señor.
Fiscal Quigley: Un momento, señoría.
Fiscalía: ¿Con qué se relacionó la reunión con el señor Pacheco?
CS1: Era para él darme apoyo para recibir envíos desde Colombia a Honduras. Él estaba a cargo de la parte de seguridad en Honduras.
Fiscalía: ¿Y qué tipo de envíos?
CS1: Cocaína.
Desmienten involucramiento de Pacheco con “narcosobrinos”
De tal forma, la defensa de los sobrinos presidenciales se quejó en ese entonces ante el juez, de que en uno de los anexos de la fiscalía (GX610) aparecía una nota o un borrador del correo electrónico extraído del teléfono de Campo Flores. Mismo que incluye los nombres de “Julián Pacheco Tinoco” y “Orlando Daza alias el Flaco” (GX 607-609).
Esta anterior, se refieren a la prueba GX610 donde hay varias referencias sobre la información del usuario. Con esto se pretendió demostrar que dicha nota fue extraída del teléfono de Campo Flores.
Asimismo, los abogados señalaron que sus clientes creen que el gobierno tuvo la intención de invocar esas pruebas para argumentar que los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela estaban asociados con los narcotraficantes hondureños.
En ese sentido, pidieron a la Corte excluir esas pruebas debido a que:
“GX 607-GX610 son indebidamente perjudiciales. Y no son probatorias de la existencia o inexistencia de la conspiración”.
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“Narcosobrinos” se defendieron
Por su parte, Campo Flores y Flores de Freitas, dijeron en la carta que el testimonio sobre Julián Pacheco no debía ser acreditado.
Esto anterior, ya que el mismo no tenía relevancia alguna. Además, pidieron al juez Crotty impedir al gobierno usar cualquier argumento sobre el archivo GX 607-610 en contra de los acusados.
El testimonio de CS-1 es la única evidencia presentada en este caso que podría relacionarse con GX 607-610. Sin embargo, este testimonio no demostró que GX 607-610 tuviese relevancia alguna en la conspiración imputada en este caso.
De acuerdo a la defensa, el paquete GX 607-610 lo conforman pruebas indebidamente perjudiciales. Ya que su admisión confunde y engaña al jurado al asociar injustamente a Campo Flores y Flores de Freitas con un funcionario hondureño, que puede o no, haber estado involucrado en el tráfico de drogas.
No se demostró culpabilidad
Los abogados sostienen que el gobierno no pudo demostrar que Pacheco Tinoco esté involucrado en el tráfico ilícito de drogas. Solo cuenta con el testimonio de CS-1 quien aseguró que trabajó con Pacheco Tinoco como parte de sus funciones como informante de la DEA.
“CS1 nunca declaró que Pacheco Tinoco estuviera involucrado en el tráfico de drogas ilegales. El gobierno nunca ofreció pruebas de que Pacheco Tinoco y el CS-1 estuvieran involucrados en operaciones no autorizadas de tráfico de drogas”, dice la carta de los defensores.
El testimonio solo estableció que Julián Pacheco y el CS-1 estuvieron involucrados en operaciones separadas y no relacionadas con la drogas. Los testimonios obtenidos de CS-1 no establecieron un período en el que CS-1 y Pacheco Tinoco estuvieran asociados y, lo que es más importante, no vincularon esta asociación con la operación de picadura que envolvió a Campo Flores y Flores de Freitas en este caso.
Además, el testimonio no estableció que los demandados tuvieran conocimiento alguno de la supuesta implicación de Julián Pacheco en el tráfico de drogas no autorizado, sostienen los defensores.
Más adelante afirman que el gobierno no estableció un fundamento adecuado. También que hiciera relevante cualquier conocimiento o asociación potencial entre Campo Flores, Flores de Freitas y (él) Julián Pacheco.
De hecho, -dicen los defensores- el testimonio suscitado de CS-1, junto a la admisión de las pruebas GX 607-610 y la discusión sobre los anexos GX 607-610 “no es nada más que un intento velado del gobierno de introducir evidencias inadmisibles de actos anteriores sin fundamento. Con la mala intención de establecer una vinculación entre dos actos que no se relacionan entre sí y cuya conexión no se pudo demostrar”.