TEGUCIGALPA.- En la sesión de este miércoles en el Congreso nacional, se comenzó a aprobar el proyecto del nuevo Código Tributario, que consta de 214 artículos, y establece los principios básicos y las normas fundamentales que constituyen el régimen jurídico del sistema tributario y su aplicabilidad a todos los tributos.
Al respecto, el Congreso Nacional informo que lo novedoso en el proyecto es la creación de un «monotributo».
Asimismo, la conformación de tribunales fiscales, modernización del sistema recaudador.
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Esto anterior, que permita reducir la tramitología para que el pago y cobro de impuestos sea más ágil en Honduras.
Además, incluye figuras jurídicas para que el pago de multas sea gradual y de acuerdo a las utilidades del contribuyente infractor.
Esto último, mediante una tabla de prorrateos que hará uso de fórmulas que toman de base parámetros como salarios mínimos.
Monotributo en el Código Tributario
El «monotributo» se crea para ampliar la base de contribuyentes, según el nuevo Código tributario.
Esto último, más allá de los 120 mil que existen registrados en el Servicio de Administración de Rentas (SAR), antes Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).
De igual manera, se crean la Superintendencia Tributaria Aduanera y la Administración Tributaria.
Estas anteriores, como entidades con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional.
Asimismo, con personalidad jurídica propia y responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos.
De igual forma, la tramitación y resolución de los recursos administrativos a su cargo.
En ese sentido, el Consejo Consultivo de la Administración Tributaria, estará integrado por:
- El secretario de Finanzas (quien lo preside y tendrá voto de calidad).
- También, el ministro de la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE).
- El presidente del Banco Central de Honduras (BCH).
- Asimismo, el titular de Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
De tal manera, la figura jurídica del monotributo o tributo único, se regirá bajo los principios constitucionales de:
- Legalidad.
- Proporcionalidad.
- Generalidad y equidad.
Esto anterior, atendiendo a la capacidad económica del contribuyente, según el Congreso Nacional.
Asimismo, serán sujetos de este impuesto las organizaciones del sector social de la economía, según el Código tributario.
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Así como también, otros sectores económicos y profesionales que determine la ley.
De igual forma, los que desarrollen actividades económicas y civiles no lucrativas.
Alícuotas escalonadas:
Este régimen especial se basará en alícuotas escalonadas, según informo el Congreso Nacional este miércoles.
En ese sentido, para su aplicación se elaborará un proyecto de ley, en consulta con todos los sectores involucrados.
Este anterior, deberá ser presentado al Congreso Nacional en un término de seis meses contados a partir de la vigencia del nuevo código.
Más artículos en discusión:
En la sesión de este miércoles, aparte de la discusión del nuevo Código Tributario, se continuó con la aprobación en primer debate de la reforma a varios artículos de la Ley de Instituciones del Sistema Financiero.
Esto anterior, con el objetivo que haya un abanico de opciones.
Tanto como, las adquisiciones y fusiones, que se creen o se autoricen empresas que puedan gestionar los activos para liquidarlos, adquirir pasivos y activos al mismo tiempo, el proceso de recapitalización.