TEGUCIGALPA.- Las autoridades de la Alcaldía del Distrito Central, informaron que a través del departamento municipal de justicia realizan acciones de control con el fin de velar por la seguridad de los malabaristas que se ubican en algunos espacios públicos a demostrar sus destrezas, utilizando herramientas que constituyen un peligro para ellos y los demás ciudadanos que transitan por esas zonas.
Estas ingeniosas personas se instalan especialmente en los bajos de los semáforos de la capital a manipular machetes, cuchillos y combustible, objetos que pueden resultar perjudiciales porque podrían provocar algún accidente en contra de su integridad física o de los transeúntes.
En ese sentido, las autoridades municipales reconocen que estos ciudadanos tienen derecho al trabajo y les permiten realizarlo, pero con otros materiales que no sean, a su vez, intimidatorios o que pudieran servir para causarse un daño a sí mismos o agredir a la población, como son las esferas, balones, globos u otros utensilios.
Las acciones de la dependencia de la comuna se deben a que ha recibido constantes denuncias de personas que consideran un peligro lo que hacen estos malabaristas, pues en algunos casos se sienten intimidados por la situación tensa y de crispación que se vive por la inseguridad.
En primera instancia, el personal del Juzgado de Policía ha efectuado acercamientos para concienciarlos sobre el riesgo que corren ya que con los instrumentos filosos se pueden ocasionar heridas y la gasolina podría generar alguna explosión al ejecutar sus malabares muy cerca de los vehículos
El trabajo de los inspectores consiste en llevarles el mensaje de concienciación para que cambien las herramientas peligrosas por otros artículos, seguido de una amonestación verbal pero, en caso de reincidencia, proceden al decomiso de las mismas.
Las intervenciones del Departamento Municipal de Justicia se fundamentan en el artículo 128 de la Ley de Policía y Convivencia Social, que establece las medidas correctivas que deben aplicarse, así como el artículo 142, que ordena la aplicación de sanciones a quienes practiquen juegos prohibidos por la ley, o permitidos, sin el permiso correspondiente.
De igual manera, el artículo 147 de la misma Ley, que contempla el decomiso de armas que se porten ilegalmente, tales como punzocortantes, cachiporras, chacos, cadenas, hebillas peligrosas, manoplas, velocímetros, ganzúas y similares.
Lo mismo que armas blancas grandes como machetes que se porten sin funda o recubierta en las poblaciones, y todo tipo de armas de fuego, además de todo elemento o artículos empleados en juegos prohibidos.