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miércoles, diciembre 25, 2024

Sinager: Abrirán aeropuertos para que retornen hondureños

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REDACCIÓN. Un comunicado del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (Sinager) confirmó que a partir del lunes 30 de marzo, se habilitarán vuelos para que los hondureños que se encuentran fuera del país, puedan ingresar nuevamente al territorio nacional.

El cierre de fronteras es una medida tomada de emergencia ante la pandemia del Covid-19. Este virus  ha dejado 52 casos positivos que permanecen en total aislamiento.

Por otra parte, el comunicado de Sinager detalla que los hondureños que ingresen al país por cualquier medio, deberán someterse a un periodo de aislamiento de 14 días. Ese tiempo es considerado prudente por las autoridades de la Secretaría de Salud.

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Comunicado íntegro de Sinager 

El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo (Sinager) a los compatriotas hondureños en el exterior y a medios de comunicación informa lo siguiente:

1. A partir del Lunes 30 de marzo se habilita de manera temporal, todo tipo de vuelos para el ingreso de hondureños que desean retornar al país. Esta medida estará sujeta a suspensión de acuerdo a la evolución de la propagación mundial y nacional del Covid-19.

2. Que el hondureño que entre al territorio nacional a partir del 30 de marzo por cualquier frontera, deberá someterse a los protocolos de vigilancia epidemiológica y autoaislamiento durante 14 días que han sido determinados por la Secretaría de Salud.

3. Para garantizar el cumplimiento de los protocolos de Salud, el hondureño que ingrese deberá firmar una Declaración Jurada en la que se compromete a cumplir estrictamente con la medida de autoaislamiento.ç

Sinager: Viajeros tendrán que formar declaración

4. Esta misma Declaración jurada comprometerá al hondureño que ingrese y que no cumpla con el autoaislamiento a cubrir los gastos médicos en los que incurra el gobierno y las personas con las que ha tenido contacto a su regreso y sean contagiados en caso de ser diagnosticado como positivo por Covid-19.

Esto de acuerdo al artículo 4 numeral 1 segundo párrafo de la Ley del Sinager que señala: Todo aquel que por acción u omisión, ponga en peligro, amenace o provoque daños a las personas y/o a sus bienes, construyendo, autorizando o permitiendo escenarios de riesgo, sea en forma culpable o negligente, quedan sujeto a las sanciones y penalidades establecidas en las leyes de la República y a resarcir al o los afectados por el daño causado.

5. Sinager reitera a la población hondureña su compromiso de velar por la protección de la salud de cada ciudadano. Con la ejecución de medidas de contención del virus que impidan su propagación.

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